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viernes, 22 de junio de 2012

La visita a las tumbas de los 'awliyya


Extracto del libro al-Alawi “Palabra certera para quien critica el sufismo” donde demuestra la legitimidad de visitar las tumbas de los ‘awliyya.

Empieza aquí:

Continúas de esta guisa, y después señalas un conjunto de innovaciones de las cuales es conveniente preservarse, y sobre este tema, tanto el ciego como el hombre clarividente, no pueden hacer otra cosa que concederte la razón. Queda claro, no obstante, que este pasaje no sirve sino como preludio a fin de introducir los ataques que le siguen, donde te cebas cuanto puedes sobre las tumbas de los Justos y sobre aquellos quienes las visitan. En efecto, si hubieras buscado realmente denunciar todas estas innovaciones, habrías abordado cada una de ellas en detalle, pero en realidad es este asunto de las visitas a la tumbas el único que te interesa. Y si realmente desearas prevenir del riesgo de asimilación a los infieles, consagrarías entonces un capítulo a ponernos en guardia contra las costumbres extranjeras, que tanto nuestros hijos como nuestras esposas han adoptado, a fin de que las tradiciones islámicas y los caracteres árabes pudieran mantenerse entre nosotros.

Al contrario, en lugar de esto, te dedicas a sacar temas que no sirven sino a sembrar la discordia. ¿Te das cuenta de lo que haces? Citas a Sidi ‘Ali al-Ayuri quien dice a propósito de la veneración de las tumbas: «Si él (el Profeta) viviera en nuestra época, diría que se las adora, olvidando el “no se está lejos de”, pues tanto sus palabras como sus actos son elocuentes al respecto.» ¡Por Allah, es increíble! ¿Cuándo pues la comunidad musulmana ha apostatado para terminar adorando las tumbas? Hubieras debido ceñirte a las palabras de al-Ayuri, proveyéndote así de una puerta de salida, tanto como a los musulmanes. Y si fuera necesario verdaderamente lanzar una tal acusación, - ¡que Allah no lo quiera! - , hubiera valido más explicarse por alusión. Pero, ¡qué audacia! Por Allah, el creyente no puede atreverse a sospechar de apostasía a quien fuere, y menos aún juzgar y declarar apóstatas a gentes quienes forman parte de los mejores siervos de Allah. En efecto, todas las gentes de la Tradición veneran a los justos de la comunidad, se benefician de la baraka inherente a sus tumbas, recurriendo a ellos en las situaciones importantes: siendo su objetivo en todo esto únicamente el de beneficiarse de su intercesión junto a Allah – exaltado sea.

A pesar de la claridad de tus afirmaciones, temías probablemente de que aún subsistiera una duda de ambigüedad en tus afirmaciones, y que por lo tanto no se comprendiera completamente por ellas que las gentes de esta época son apóstatas adoradores de tumbas. Insistes pues, a fin de garantizar a tu lector una perfecta comprensión en este punto: «Se encuentra en el Sahih un hadiz transmitido por ‘Aisha – que Allah esté satisfecho de ella -, según el cual Umm Habiba y Umm Salama – que Allah esté satisfecho de ellas – hablaron al Profeta – sobre él la plegaria y la paz – de una iglesia la cual ellas habían visto en Etiopía, dentro de la cual se encontraban representaciones (imágenes); este último dijo entonces: “Estas gentes, cuando muere uno de sus hombres piadosos, construyen sobre su tumba un lugar de prosternación (masyid) y construyen imágenes de las cuales se sirven: ellos serán los peores de los hombres a los ojos de Allah el día de la Resurrección”. Las gentes de nuestra época les han seguido en esto y ellos son los peores de los hombres y aún más, de los seres vivientes. »

¡Gracias te sean dadas, de parte de la comunidad de Ahmad! Y ¡que Allah te retribuya con lo que te convenga! Por Allah, al Enviado no le gustaría escuchar que los miembros de su comunidad son los peores de los hombres y de los seres vivientes. ¡No te ha bastado con denigrar sus prácticas e invalidar sus creencias! Has llegado a colocarlos en el grado más bajo del infierno, comparándoles a los adoradores de ídolos; provisto que el legislador dice de estos últimos, que son los peores de los hombres, mientras que tú, afirmas de tus correligionarios que son los peores de los hombres y de los seres vivientes. Por otra parte, aún si estuviéramos de acuerdo en que hubiera gentes comunes quienes pudieran asemejarse a aquellos a quienes se menciona en el hadiz, ¿cómo se puede afirmar que se encuentren al mismo nivel? Para terminar, si el juicio del legislador en referencia a estos últimos es que son los peores de los hombres, de ello no se deduce que aquellos quienes se les asemejan sean igualmente “los peores de los hombres”, y aún menos “de los seres vivientes”.[1]

¿No comprendes que el Profeta  -sobre él la plegaria y la paz – ha hablado de esta manera a fin de poner en guardia a su comunidad? “Es así como Allah infunde temor a Sus siervos”[2]. Pues en realidad, él estaba convencido de la firme certeza de su comunidad (en la adoración de un Dios único) y del hecho de que ésta no sería alterada. Según Ibn Umar – que Allah esté satisfecho de su padre y de él - , el Enviado de Allah – sobre él la plegaria y la paz – ha dicho: “Ninguna comunidad ha recibido una certeza tan grande como la mía”[3]. Según el mismo transmisor, él dijo igualmente: “En toda comunidad, una parte de gentes se encuentran en el paraíso y otra en el infierno, excepto la mía, la cual, toda entera, irá al paraíso.” Estos dos hadices del Profeta figuran en el Yami’a-s-saguir.

Ante el testimonio que él mismo ha dado sobre la certeza de su comunidad, ¿qué puede pues valer el tuyo? ¿Consideras que el hecho de venerar a los Justos pueda poner en tela de juicio esta su declaración en tanto y en cuanto se les venera por Allah? Es cierto que algunos han exagerado, pero nunca hasta el punto de llegar a mostrar la actitud que tú les otorgas. Hubiera sido de más valor el disponerte a exhortar a las gentes y llamarlas a Allah, pues este método brutal no sirve sino para dar testimonio de las muy malas convicciones de su autor. ¿No has escuchado Su Palabra – exaltado sea -: “Llama a los hombres a la vía de tu Señor por la sabiduría y una bella exhortación”? Es de suponer de que sigas en esto a la corriente wahabita, la cual pretende que las visitas de las tumbas se encuentran totalmente prohibidas; te hubiera faltado entonces el adoptar un método más sutil para que esta convicción se extendiera entre nuestros compatriotas, y lograra neutralizar su natural reacción de rechazo por ella. Dicho esto, la comunidad se encuentra muy lejos de poder tragar una doctrina tan amarga de una sola vez.

Retomas de la siguiente manera: «Retornemos ahora al asunto de la visita a las tumbas. Tratándose de una mujer, todo el mundo está de acuerdo en decir que las visitas a las tumbas están prohibidas – los libros de jurisprudencia lo muestran claramente. El Profeta – sobre él la plegaria y la paz – ha dicho: “Allah maldice a aquellas quienes visitan las tumbas, así como a aquellos quienes  hacen de ellas lugares de prosternación (masayid).” En cuanto al hombre, si sus convicciones religiosas son firmes y conformes a la fe musulmana; que esté completamente cierto que Allah solo da y priva, y El solo –exaltado sea – puede ser útil a Sus siervos o dañarlos; que nada que se encuentre en el lugar de la visita convierta a ésta en ilícita – es el caso cuando las mujeres se encuentran presentes o cuando se encuentran alfombras, o banderolas de seda, recipientes de plata o imágenes -; entonces la visita es autorizada. Si una de las condiciones no se cumple, entonces no es lícita. En todo caso, privarse de ella es más prudente, cuenta habida de la debilidad de la fe en nuestra época, y que cuando un hombre desee pedir algo a Allah – exaltado sea -, puede hacerlo en cualquier momento: solamente cuentan su intención y su manera de manifestar su calidad de siervo de Allah.»

Considerando este pasaje sobre las reglas aferentes a las visitas de las tumbas, yo diría que tienes razón en parte, aunque cometes un error monumental del cual tendrás “noticias en poco tiempo”[4].

Tienes ciertamente razón cuando afirmas que la visita es autorizada cuando nada se opone desde el punto de vista de la Ley. Ahí donde te equivocas, es cuando mencionas explícitamente como causa de prohibición las alfombras y las banderolas de seda, así como los recipientes de plata, pues esto resulta en suma en prohibir la visita a una tumba donde pudieran encontrarse dichos objetos. Si tus propuestas debieran ser tomadas en cuenta, las visitas a la Casa de Allah y a la tumba del Enviado – sobre él la plegaria y la paz – deberían encontrarse prohibidas, pues podemos encontrar en estos dos lugares sagrados una cantidad tal de esos objetos “que ningún ojo ha visto ni oído escuchado”. ¿Acaso ignoras que el velo el cual recubre la Ka’aba está confeccionado de seda pura, y que se encuentran en estos dos santuarios innumerables recipientes de oro y plata? Si pues estos objetos constituyeran efectivamente un impedimento legal a la visita, esto invalidaría el peregrinaje de la comunidad musulmana.[5]

En cuanto a mí respecta, digo que los hombres no tienen derecho a vestirse con prendas de seda,[6] pero que el legislador no ha impedido el mirarlas, ya se trate de un ornamento mural o del velo de la Ka’aba, por ejemplo; y aun suponiendo que uno de estos objetos fuere prohibido concerniría únicamente a aquél quien se sirve de él y no a aquel quien lo contempla. He aquí cuanto yo conocía de la Ley antes de que Allah me hiciera descubrir tus ideas.

No obstante, después de haber afirmado que la visita es lícita, cuando las condiciones mencionadas por ti se encuentran reunidas, añades, «En todo caso, es mejor privarse de ella, cuenta habida de la debilidad de la fe en nuestra época, y que cuando un hombre desee pedir algo a Allah – exaltado sea -, puede hacerlo en cualquier momento: solamente cuentan su intención y su manera de manifestar su calidad de siervo de Allah.»

Yo diría que esta excepción que haces no es aceptable: cuando las condiciones las cuales afirmas convertir en lícita la visita se encuentran reunidas, esta es de hecho recomendable en razón de la orden dada por el Profeta de la cual testimonia la tradición[7].En caso contrario, la prohibición es aplicable como tú dices; en cuanto a mí, hasta hoy, he dicho siempre que es prudente no rendir dicha visita cuando existe un riesgo de mezcolanza entre hombres y mujeres; esto, siendo ya válido para aquél quien piensa estar en seguridad (“Sin embargo estos son pocos”[8]), lo será con mayor razón para aquel quien no piensa estarlo. Si pues las autoridades permiten a las mujeres el visitar las tumbas, debe serles dedicado un día en particular, y su recompensa será a cargo de Allah.

Seguidamente, mencionas uno de los pilares más importantes de la religión, aquel el cual permite conciliar todos los antagonismos; a pesar de que lo hayas perdido de vista en este panfleto con toda esa crítica a los miembros de las cofradías. Se trata de tu afirmación: «Solamente cuenta su intención».

Puesto que reconoces este principio, debes guardarte de no caricaturizar la intención de las gentes, sea cual fuere sea la naturaleza de lo que emprendan, pues sus actos podrían muy bien estar únicamente consagrados a Allah – exaltado sea . Bujari y Muslim han reportado este hadiz: “En verdad los actos no valen sino es pos sus intenciones, y cada uno tendrá según lo que él pretenda. Quienquiera que emigre por Allah y Su Enviado, su emigración le será contada como tal…[9]. Se ha transmitido asimismo el siguiente hadiz, relatado por Abu Hurayra: “El día de la resurrección, es la intención lo que será tomada en cuenta”.[10] He aquí el fondo del problema, para todas las cuestiones de ‘iytihad o de casos de divergencia. En efecto, todo creyente hace cuanto puede para aproximarse a Allah – exaltado sea - : todo depende pues de la intención como ha sido dicho.

Continuas este capítulo citando una serie de hadices los cuales explican la más pura doctrina de la Unicidad divina, como su palabra – sobre él la plegaria y la paz - : “Cuando pidas, pide sólo a Allah; cuando busques refugio, busca refugio en Allah…”[11] Estos hadices son aquellos los cuales constituyen el eje mismo del sufismo, en cuanto a mí respecta, no veo nadie más aplicado en preservar la pureza de esta doctrina que los sufís – que Allah esté satisfecho de ellos. Sus escritos son los testigos más equitativos, y quienquiera no se apresure a adquirir su ciencia no podría garantizar totalmente la pureza de su concepción de la Unicidad divina. Es por esto que el Imam de la comunidad de los sufís, Abu-l-Hasan al-Shadili – que Allah esté satisfecho de él -, ha dicho: “Quienquiera no se apresura a adquirir esta ciencia que es la nuestra muere perseverando en los grandes pecados”.

Explicas seguidamente que el Profeta – sobre él la plegaria y la paz – ha prohibido las visitas a las tumbas en los primeros tiempos del Islam: «Ciertos sabios dicen que el Profeta – sobre él la plegaria y la paz – ha prohibido la visita a las tumbas al principio del Islam porque en tiempos de la ignorancia preislámica, los árabes veneraban y quizás llegaban a adorarlas. Esta prohibición tendría como fin el purificar los corazones de los creyentes de cualquier elemento de idolatría. Sin embargo, cuando la fe monoteísta estuvo bien enraizada en ellos, la visita de las tumbas fue autorizada.»

Es esta una hipótesis probable. Otra posibilidad me viene a la mente: el Profeta – sobre él la plegaria y la paz – puede ser que hubiera prohibido la visita a las tumbas al principio del Islam porque ninguno de los politeístas quienes estaban enterrados en ellas lo merecía. Cuando las tumbas estuvieron repletas de musulmanes y de mártires del Islam, fue autorizado el ir a buscar la bendición inherente a estas tumbas y el permanecer a su lado, de manera a esclarecer a los creyentes y a título de recuerdo – y Allah es más sabio.

Pero tu vienes a establecer una nueva regla: «Allí donde la ignorancia se generaliza, no queda otra cosa de la ciencia que su nombre, donde la fe se ha debilitado por la creencia de que el chayj visitado puede dañar o ser útil, la visita está prohibida para el común de los musulmanes, pues son las creencias de este tipo las que determinan el carácter autorizado o prohibido de dicha visita; por no hablar de la promiscuidad entre los hombres y las mujeres, las mujeres y los jóvenes, que constituyen con frecuencia el objetivo real de estas visitas.»

Este pasaje constituye una confesión pública por tu parte: estimas pues que es posible el cambiar el estatuto legal de un acto, prohibiendo lo recomendable o cualquier otra alteración de este género[12]. Es de temer que con tales pretextos, la religión de Allah caiga entre las manos de personas ligeras, quienes modifiquen los estatutos de la religión cuando les parezca vagamente que la causa original de un estatuto haya dejado de existir, o a la inversa, que un elemento inexistente en el origen constituya una causa nueva. ¡Allah es testigo! Estos sufís cuyos actos relatas, ¿han permitido aquello que está prohibido o prohibido lo lícito? En realidad, sus solas modificaciones de este género (si lo pudiéramos considerar así) son mucho más insignificantes que esto; ellas consisten, por ejemplo, en autorizar las reuniones para invocar a Allah diciendo en voz alta: “No ha divinidad sino Allah”, así como otros actos del mismo género. Tú pretendes que sus prácticas son innovaciones que extravían, mientras que aquello lo cual tú afirmas en este pasaje no puede ser calificado de otra manera que de “innovación”.

Justificas la prohibición por el hecho de que la masa cree que el chayj visitado puede dar o privar – es lo que tú acababas de enunciar – y otras convicciones del mismo orden. Por mi parte, considero que no existe nadie en la comunidad quien pueda creer una cosa tal. El común de los creyentes tiene simplemente la convicción que existen intermediarios entre Allah – exaltado sea – y ellos, a quienes se puede recurrir en los momentos importantes; y si tú pretendes poder pasarte sin ellos, él no estima haber alcanzado el grado en el cual dichos intermediarios se vuelven inútiles. De esta manera, tiene recurso a aquellos quienes están más próximos a Allah que él mismo lo está.

En cuanto a esta mezcolanza de hombres y mujeres la cual consideras como una causa suplementaria de prohibición, habrías debido hacer de ella la única causa de la prohibición de la visita a las tumbas, considerando que ésta, lejos de ser absoluta, es consecuencia simplemente de esta mezcolanza. Es cierto que es necesario prevenir contra esta práctica cuyas consecuencias negativas son evidentes: la promiscuidad de hombres y mujeres constituyendo por sí misma un peligro para la élite; ella lo es “a fortiori” para el pueblo.

A continuación, tratas de probar como la visita a las tumbas es inútil apoyándote en las palabras de Ibn Arabi al Hatimî: “El difunto no puede ser de ninguna utilidad, pues ser útil es obrar; ahora bien, su acción ha sido suspendida.” No es pues a consecuencia de que las condiciones necesarias no se cumplen que prohíbes la visita, sino más bien porque el difunto no puede servir; es evidente, sino no habrías invocado el testimonio de Ibn Arabi. Ahora bien, yo no digo que él se equivoque diciendo esto, sino, al contrario, afirmo que tú no has comprendido aquello lo cual él quería decir. Efectivamente, el difunto no puede servir desde el punto de vista de la educación del discípulo y de su progresión en la vía de Allah, las cuales precisan el frecuentar un maestro espiritual conocedor del camino espiritual, frecuentación ésta la cual es una condición de la vía.[13] Sin embargo, la utilidad para ir hacia Allah – exaltado sea – de los intermediarios e intercesores quienes son los mejores de Su creación, así como la bendición inherente a sus tumbas, son cosas bien establecidas por la Ley revelada. Más aún, si el legislador nos ha autorizado a buscar la bendición y la mediación de lo que es inanimado, como la piedra negra, la casa sagrada y otras cosas del mismo orden, no es precisamente para prohibirla cuando se trata de espíritus puros y cuerpos luminosos. ¡Por Allah!, procura no intentar ver en las palabras de Ibn Arabi una afirmación de la inutilidad de los muertos. En efecto, esta cuestión de la mediación y de la bendición inherente a las tumbas no concierne solamente a los santos, sino al conjunto de las personas a quienes Allah ha gratificado: los Profetas, los Verídicos, los mártires y los Justos (salihin). ¿Ignoras que Allah – exaltado sea – ha revelado a aquél quien es el apogeo de su gloria: “En verdad, tú eres un mortal como ellos[14]?

Como puedes constatar, tu interpretación de las palabras de Ibn Arabi nos parece errónea. Pero, de todas formas, éste discurso tuyo no podría encontrar eco en las gentes de la Tradición. Estos últimos no cesarán de respetar a los antiguos, de buscar la bendición inherente a sus tumbas, así como su mediación, hasta el día en el cual no haya nadie más sobre la tierra para decir: “¡Allah, Allah!” conformemente al hadiz.[15]

Sea como fuere, ya veo que cumples bien con tus obligaciones, pues después de haber difamado a ultranza a los miembros de las cofradías, prevenido contra su frecuentación, y tratado de probar el cómo encontrarlos en vida no sirve para nada, has temido que algunos llegaran a imaginarse como visitarlos muertos podría tener un interés cualquiera que fuere: he aquí pues el motivo por el cual has citado a Ibn Arabi. En resumen, tu panfleto trata de demostrar el hecho de que ellos no sirven finalmente para nada: ni vivos ni muertos. Siendo esta tu apreciación, sabe que la de Allah es mucho más elevada.



[1] Desaforado ataque del Imam tunecino, el cual seguramente representaba una avanzadilla del ejército salafista. Esta doctrina está haciendo estragos actualmente en una parte de la juventud musulmana. Su semilla es sembrada en el campo “virgen” de un desconocimiento absoluto de la verdadera doctrina del Islam y abonada por la sinrazón más primitiva. Esta obra del chayj al-Alawi puede ayudar a poner el orden allá donde existe confusión y desconocimiento.
[2] Corán: 39 - 15
[3] Kanz 34483
[4] Corán: 38 - 86
[5] Esta demostración tan simple denota de la escasa capacidad intelectual de aquellos quienes destruyen su inteligencia y perspicacia naturales, siguiendo las tesis wahabitas y salafis.
[6] Se trata de una prohibición únicamente dirigida al hombre, no a la mujer, la cual puede vestirse con seda y adornarse con objetos de oro, a diferencia del hombre.
[7] Antes os prohibía visitar las tumbas, pero ahora visitadlas
[8] Corán: 38 - 23
[9] Kanz - 7263
[10] Kanz 7242 a 7245
[11] Doctrina del Tawhid (Unicidad divina). Ver las notas del Anexo.
[12] El estatuto legal de los actos, según la Ley islámica, se encuentra entre una de estas cinco divisiones: Obligatorio, recomendable, desaconsejado, prohibido e indiferente.
[13] El chayj Mawlai al-Arabi a-d-Darqawi decía lo siguiente: “…Efectivamente he visto muchas gentes quienes se vinculaban  al célebre santo conocedor de Allah, Abdul Qadîr al Yilani – que Allah nos haga aprovechar de él – y que pretenden que él es su maestro, mientras ellos están en vida y él – que Allah esté satisfecho de él – está muerto. Si la finalidad en esto es el beneficiarse de la misericordia divina, desde el punto de vista de su amor y apego por él, pensamos que una tal intención es loable y que no se puede esperar de ello sino un bien: la intención da valor a los actos como dice el hadiz: “En verdad los actos no valen sino por las intenciones y cada uno no tendrá sino aquello lo cual él pretendía. Si, al contrario, actuando así, ellos pretendían los mismos fines que las personas quienes se vinculan a los santos, a fin de que estos últimos les ayuden a aproximarse a su Señor – esta es la función de los santos vivos -, mientras que solamente un ignorante puede engañarse de tal manera. Si ello fuera así, Mawlana, el Enviado de Allah – sobre él la plegaria y la paz – nos bastaría a todos, pues no hay persona más digna que él para ocuparse de los asuntos de las gentes…” (Carta número 17).
[14] Corán: 39 - 29
[15] No llegará la hora mientras haya alguien en la tierra quien diga: ¡Allah, Allah!”. Kanz – 38485.

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